CIRCULAR M-125/2022.
León, a 28 de diciembre de 2022.
Estimados/as compañeros/as:
Como sabéis, el próximo 1 de enero de 2023 tendrá efectos la separación en Juzgados de Primera Instancia y Juzgados de Instrucción de los ocho Juzgados de Primera Instancia e Instrucción actualmente en funcionamiento del partido judicial de Ponferrada acordada por Real Decreto 954/2022 de 15 de Noviembre, conforme a la siguiente distribución establecida en su artículo 9.1:
| Juzgados de Primera Instancia e Instrucción | Nueva denominación |
| Número 1 de Ponferrada. | de Primera Instancia número 1 de Ponferrada. |
| Número 2 de Ponferrada. | de Primera Instancia número 2 de Ponferrada. |
| Número 3 de Ponferrada. | de Primera Instancia número 3 de Ponferrada. |
| Número 4 de Ponferrada. | de Instrucción número 1 de Ponferrada. |
| Número 5 de Ponferrada. | de Instrucción número 2 de Ponferrada. |
| Número 6 de Ponferrada. | de Primera Instancia número 4 de Ponferrada. |
| Número 7 de Ponferrada. | de Primera Instancia número 5 de Ponferrada. |
| Número 8 de Ponferrada. | de Instrucción número 3 de Ponferrada. |
Con este motivo, , desde la Delegación de Ponferrada de nuestro Colegio se ha mantenido una reunión con el Juez Decano de Ponferrada en la que les ha transmitido las siguientes aclaraciones sobre cuáles serán las normas transitorias que se aplicarán tras la entrada en vigor de dicha separación de jurisdicciones, de las que pasamos a informaros:
PROCEDIMIENTOS CIVILES EN TRÁMITE PRESENTADOS ANTES DEL 01/01/2023: En la instancia se mantienen en el Juzgado que conoce del asunto hasta firmeza de sentencia o resolución del recurso de apelación, con independencia de que se tramiten en un Juzgado de Primera Instancia o en un Juzgado que ha pasado a ser de Instrucción. Se estima una previsión de que a fecha 30/06/2022 estuvieran todos ellos finalizados.
Las ejecuciones civiles que estuvieran en trámite a 01/01/2023 en un Juzgado de Primera Instancia que pasa a ser de Instrucción, seguirán en ese mismo Juzgado hasta que se dicte el auto de despacho de ejecución (firme), o bien se resuelva la pieza de oposición a la ejecución. A partir de entonces se remitirán al Servicio Común de Ejecución y continuará su tramitación por el mismo Juzgado que ha pasado a ser de Instrucción limitado a un máximo de cinco años desde la fecha de la separación de jurisdicciones. Si se extendiera la ejecución más allá, se turnaría entre los de Primera Instancia.
Las ejecuciones civiles que se presenten a partir del 01/01/2023, dimanantes de procedimientos que fueron tramitados en un Juzgado que ha pasado a ser de Instrucción, se turnarán entre los de Primera Instancia.
Se mantendrá la numeración de los procedimientos de ejecución, aunque migren a otro Juzgado, de modo que se sigan pudiendo presentar escritos con la anterior numeración y Juzgado que tramitaba el procedimiento. De igual modo, seguirán activas en Lexnet las pestañas de los antiguos Juzgados mixtos de Primera Instancia e Instrucción para posibilitar que se puedan seguir presentando escritos en los asuntos en trámite con la numeración y denominación anterior del Juzgado, conviviendo con las pestañas de los nuevos Juzgados.
PROCEDIMIENTOS PENALES: Las Diligencias Previas se seguirán tramitando en el mismo Juzgado en que estaban, aunque el mismo pase a ser de Primera Instancia, hasta el momento de dictado de auto de apertura del juicio oral y remisión al órgano de enjuiciamiento, o bien dictado auto de sobreseimiento firme. El objetivo sería intentar que no haya ya previas en trámite en los Juzgados que pasan a ser de Primera Instancia a 30/09/2023.
En cuanto a los Juicios sobre Delitos Leves que estén en trámite en Juzgados que pasan a ser de Primera Instancia (incluidos los que hayan entrado a 01/01/2023 y estén pendientes de incoarse), seguirán tramitándose en el Juzgado en cuestión hasta sentencia o dictado de auto de sobreseimiento.
En cuanto a las ejecutorias de asuntos en trámite en un Juzgado mixto que pase a ser de Primera Instancia, irán a reparto entre los nuevos Juzgados de Instrucción.
JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER: El Juzgado de Instrucción nº 2 de Ponferrada con funciones de Juzgado de Violencia sobre la Mujer, asumirá además de los asuntos del orden penal, los asuntos en materia civil atribuidos por Ley a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer. Correlativamente, tendrá una exención de reparto ampliada respecto de la que actualmente disfruta.
CAMBIO DE GUARDIAS: Los cambios de guardia de los Juzgados de Instrucción pasan a ser los martes a las 9.00 horas.
GUARDIA ESPECÍFICA DE CIVILES PARA INTERNAMIENTOS Y MEDIDAS URGENTES. Se articulará un sistema de guardias de los Juzgados de Primera Instancia para dichas cuestiones. Si urgen en fin de semana o fuera de horario ordinario lo cubriría el Juzgado de Guardia normal.
Se han producido cambios en las plantillas de las UPADS derivadas de que se ha posibilitado el concurso de los funcionarios para pasar a otro de los nuevos juzgados.
Un saludo,
Ilustre Colegio de Abogados de León
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